La Corte Suprema revocó un fallo que mantenía vigente la Ley de Tierras Rurales, que limita la venta de campos a extranjeros. El tribunal rechazó un amparo presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) contra el DNU 70/2023, que había derogado esa ley.
La decisión de la Corte no se pronuncia sobre la constitucionalidad del decreto, sino que considera que el CECIM no tenía legitimidad para presentar el reclamo. Por eso, el tribunal dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de La Plata, que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU y restablecido los límites a la compra de tierras por extranjeros.
El Gobierno había intentado avanzar con una modificación de la Ley de Tierras Rurales en el Congreso, pero no consiguió los votos necesarios y desistió ante la presión de sectores políticos y entidades rurales como la Federación Agraria Argentina.
La Corte aclaró que su fallo se limita a rechazar la demanda por falta de legitimación y no implica un pronunciamiento sobre la validez constitucional del DNU. Por ahora, la situación legal queda en un escenario de incertidumbre: el decreto sigue vigente, pero no hay una definición de fondo sobre la posibilidad de vender tierras rurales sin límites a extranjeros.







